“Los certificados de profesionalidad y su formación asociada tienen como objetivo dar respuesta a las necesidades de la sociedad del conocimiento, basada en la competitividad, la empleabilidad, la movilidad laboral y el fomento de la cohesión y la inserción laboral. Su expedición corresponde a la administración competente, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional”.
“Los certificados acreditan con carácter oficial las competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral con significación en el empleo. Se trata, por tanto, de proporcionar a los trabajadores la formación requerida por el sistema productivo y acercar los certificados a la realidad del mercado laboral”.
Has de saber que si tienes un curso de FPE o FPO mas de 300 horas, lo mismo puedes solicitar un certificado de profesionalidad... En la siguiente web del SEPE puedes consultar los itinerarios:
La teoría es muy bonita, pero la practica es que por ejemplo en mi caso, hace más de un año que solicité dicho certificado en la web anteriormente indicada, y ahí se quedó la cosa, no he tenido noticias al respecto. Me acerqué al Servicio Andaluz de Empleo de mi ciudad, y la contestación que recibí fue que tardaba mucho. No se molestaron en consultar nada...
Ya sabéis que los certificados de profesionalidad se pueden conseguir por diversas vías. Se puede obtener convalidando la experiencia profesional o los llamados cursos no formales cuando las comunidades autónomas publican convocatorias sobre nuestra categoría profesional. Pero también se obtienen a través de cursos de Formación Profesional para el Empleo (FPE), antes conocidos como Formación Ocupacional que imparten los servicios públicos de empleo o distintas empresas privadas. Ahora esos cursos podrán realizarse a través de internet en el 75% de los casos.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que regulan los certificados de profesionalidad, que a partir de ahora se podrán realizar por Internet, con la finalidad de adaptar la regulación de los mismos al nuevo contrato para la formación y el aprendizaje y al sistema de formación dual.
Asimismo, el Ministerio de Empleo destaca que la nueva normativa garantiza su calidad, estableciendo pruebas de acceso a la formación de los certificados, definiendo los requisitos que deben cumplir centros y formadores, y prestando especial atención a la evaluación de la formación.
La finalidad de esta disposición es, añade, mantener actualizados y adaptados a los requerimientos de las empresas y de un sistema productivo sostenible los certificados de profesionalidad, según prevé la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven.
La norma regula los requisitos que deben cumplir los centros y empresas que pueden impartir las acciones formativas. Se establece también que las modalidades para impartir la formación de los certificados de profesionalidad será presencial y teleformación o 'e-learning', y se suprime la modalidad a distancia convencional y mixta. Se estima que en torno a un 70% de los certificados se puedan impartir en la modalidad de 'e-learning'.
Otros aspectos que establece la norma se refieren a los requisitos que deben cumplir los formadores y a los criterios de acceso y evaluación de la formación.
Los certificados de profesionalidad son el instrumento de acreditación oficial, en el ámbito de la administración laboral, de las cualificaciones profesionales adquiridas a través de procesos formativos o del proceso de reconocimiento de la experiencia laboral y de vías no formales de formación, y permiten su correspondencia con los títulos de formación profesional del sistema educativo.
Con anterioridad a la aprobación de este Real Decreto, el Gobierno ha cumplido su compromiso de completar el Catálogo de Certificados de Profesionalidad. Existen un total de 587 títulos de los que, a partir de ahora, 250 se van a impartir por la modalidad de 'e-learning'.